Existen escenarios donde el pago del inventario podrían estar sujetos a uno o más variables, en estos casos puede ser oportuno utilizar la NIIF 9.💬 A continuación les traigo un caso práctico de cual sería uno de esos casos y como debería aplicarse la NIIF 9 No encontré mejor forma de responder a esta interrogante, sino con un ejercicio.
Ejercicio:👇
El precio de
compra se basa en el precio spot de la materia prima al 30 de abril de 20X1 y
la contraprestación se paga en esa fecha. No hay otra variabilidad asociada con
la consideración.
¿Cómo aplica
la entidad A la NIC 2 y a la NIIF 9 cuando toda la variabilidad en la pagadera
surge de un precio de mercado?
Solución:👇
La mercancía X debe reconocerse como inventario a la entrega a 31 de enero de 20X1, sobre la base del precio de la materia prima a plazo para el 30 de abril de 20X1 al 31 de enero de 20X1.
La variabilidad en el pago asociado con el precio de la materia prima da lugar a un derivado incorporado que no está estrechamente relacionado con el instrumento financiero anfitrión. La NIIF 9 exige que los derivados incorporados se separen y se contabilicen como derivados si cumplen los criterios establecidos. [NIIF 9 párrafo 4.3.3].
Por lo tanto, el derivado implícito debe separarse del a corto plazo pagadero, a menos que el bien pagado se designe a su valor razonable a través de ganancias o pérdidas en su totalidad.
Las NIIF no son claras sobre la contabilidad adecuada para los pagos variables relacionados con la compra de inventario. Por lo tanto, la entidad A tiene una opción de política contable para los cambios posteriores en el valor razonable del derivado incorporado. El costo de las existencias podría ajustarse para reflejar los cambios posteriores en el valor razonable del derivado incorporado de conformidad con los párrafos 10 y 11 de la NIC 2, sobre la base de que dichos cambios forman parte de la compra y otros costos incurridos para llevar el inventario a su ubicación y condición actuales. Alternativamente, estos cambios podrían imputarse a las ganancias o pérdidas de conformidad con el párrafo 5.7.1 de la NIIF 9 sobre la base de que el costo de las existencias se determina en el momento de la entrega y el derivado integrado bifurcado debe contabilizarse por separado como si fuera un instrumento independiente. La política elegida debe aplicarse de manera coherente.
La entidad A debe asegurarse de que el inventario se mida al menor costo y valor neto realizable, independientemente de la política que se elija. [NIC 2 párrafo 9].
Espero te haya servido de aprendizaje este ejercicio y esta interrogante, como siempre, si tienen dudas adicionales pueden escribirme por mensaje personal y con gusto les responderé las dudas referente a las IFRS que tengan.
💥¡Gracias por aprender!💥