Mostrando entradas con la etiqueta gastospreoperativos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta gastospreoperativos. Mostrar todas las entradas

jueves, 8 de julio de 2021

Gastos preoperativos


Muchas personas aún siguen registrando los gastos preoperativos como activo, regularmente como una especie de gastos diferidos o cargos diferidos. ¿Pero han leído que dicta la norma ante este tipo de gastos? ¿será correcto esta presentación?. 
 

Contexto:

Los gastos preoperativos según tal como se conocían anteriormente fueron eliminados según los nuevos Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA). No obstante, los gastos preoperativos siguen existiendo bajo otros términos y siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Estos términos y condiciones actualmente se mencionan en la IAS°38.

Normatividad:

¿Por qué la IAS°38 Activos intangibles es la que rige los gastos preoperativos?

La norma hace énfasis en que además de tratar o ser aplicativa a los activos intangibles, también se aplica a los gastos causados al comienzo de la actividad o inicio de operación (entre otros), específicamente en su párrafo N°5: 

Esta Norma es de aplicación, entre otros elementos, a los desembolsos por gastos de publicidad, formación del personal, comienzo de la actividad o de la entidad y a los correspondientes a las actividades de investigación y desarrollo. Las actividades de investigación y desarrollo están orientadas al desarrollo de nuevos conocimientos. Por tanto, aunque de este tipo de actividades pueda derivarse un activo con apariencia física (por ejemplo, un prototipo), la sustancia material del elemento es de importancia secundaria con respecto a su componente intangible, que viene constituido por el conocimiento incorporado al activo en cuestión”.

Desarrollo:

Antes de iniciar con el desarrollo sobre el análisis de los gastos preoperativos, es importante establecer la definición de estos gastos y a que nos referimos en este memorándum cuando hablamos de gastos preoperativos:

Entiéndase como gastos preoperativos para este memorándum, todos los desembolsos realizados antes de iniciar la operación.

Ahora bien, que dicta la norma referente a estos gastos:

La norma en su párrafo N°68 menciona que: los siguientes los desembolsos sobre una partida intangible deberán reconocerse como un gasto cuando se incurren ellos, a menos que:

a)       Formen parte del costo de un activo intangible que cumpla con los criterios de reconocimiento.

b)      La partida sea adquirida en una combinación de negocios, y no pueda ser reconocida como un activo intangible. Cuando éste sea el caso, formará parte del importe reconocido como plusvalía en la fecha de la adquisición (véase la NIIF 3).

Tal como podemos visualizar en el párrafo anterior, la norma no hace referencia a los gastos preoperativos tal como estamos describiendo en este memo. No obstante, en su párrafo N°69 si menciona lo siguiente:

“En algunos casos, se incurre en desembolsos para suministrar beneficios económicos futuros a una entidad, pero no se adquiere ni se crea ningún activo intangible ni otro tipo de activo que pueda ser reconocido como tal. En el caso del suministro de bienes, la entidad reconocerá estos desembolsos como un gasto siempre que tenga un derecho a acceder a esos bienes. En el caso de suministro de servicios, la entidad reconocerá el desembolso como un gasto siempre que reciba los servicios. Por ejemplo, los desembolsos para investigación se reconocerán como un gasto en el momento en que se incurra en ellos, Otros ejemplos de desembolsos que se reconocen como un gasto en el momento en que se incurre en ellos son:

a) Gastos de establecimiento (esto es, costos de puesta en marcha de operaciones), salvo que las partidas correspondientes formen parte del costo de un elemento del propiedades, planta y equipo, siguiendo lo establecido en la NIC 16. Los gastos de establecimiento pueden consistir en costos de inicio de actividades, tales como costos legales y administrativos soportados en la creación de una entidad con personalidad jurídica, desembolsos necesarios para abrir una nueva instalación, una actividad o para comenzar una operación (costos de preapertura), o bien costos de lanzamiento de nuevos productos o procesos (costos previos a la operación).

b) Desembolsos por actividades formativas.

c) Desembolsos por publicidad y actividades de promoción (incluyendo los catálogos para pedidos por correo).

d) Desembolsos por reubicación o reorganización de una parte o la totalidad de una entidad.

Otro punto importante al que hace énfasis la norma es lo siguiente (párrafo N°71):

Los desembolsos sobre un activo intangible reconocidos inicialmente como gastos del periodo no se reconocerán posteriormente como parte del costo de un activo intangible.

Conclusión:

Con base al análisis realizado y los resultados obtenidos podemos concluir que la norma deja más que claro que los gastos preoperativos (como se definen en este blog) no podrán clasificarse como activo para posteriormente ser amortizados en los próximos años. A menos que estén relacionados con uno o varios activos intangibles. Asimismo, los gastos preoperativos deberán reconocerse como gastos en el momento que se generan tal como detalla la norma en su párrafo N°69 de las IAS°38.

🏡¿Realmente es necesario la existencia de la NIC 40 Propiedades de inversión?🏠👀

Primero que nada, un poco de contexto sobre la NIC 40, el objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las propiedades de...