Contexto:
Aunque el término de Otros Resultados
Integrales (ORI) es un término viejo, siguen existiendo personas que por distintos
motivos no han realizado algún registro en los otros resultados integrales y por
consecuencia no conocen del todo su definición o aplicación. Por otro lado, hay
contadores que piensan que solo lo de la IAS°19 es lo que se reconoce en los
otros resultados integrales.
Dicho lo anterior en este post hablaremos del ABC de los otros resultados integrales (ORI) o según su nomenclatura en inglés Other Comprehensive Income (OCI).👍 No entraré en los detalles de las implicaciones que tienen estas partidas ni temas de presentación.📕
Desarrollo:📚
Primero iniciaremos con el
concepto básico del ORI, las partidas ORI es parte del estado de resultado integral
de los estados financieros, es una partida que afecta directamente el capital
contable pero no afecta el resultado neto del periodo. Es decir, pertenece a una
cuenta del capital contable. ¿Qué debe registrarse en el ORI? Una explicación
muy personal, es que ahí se registran todas las ganancias/pérdidas no
realizadas (exceptuando las de fluctuación cambiaria), ejemplificaré mi
concepto para que sea más claro:
El asiento contable que la
mayoría conocen que va directamente contra el ORI, es el de las nuevas
mediciones de los planes de beneficios definidos, conocido también por mediciones
actuariales. ¿Por qué esta es una ganancia/pérdida no realizada? Lo que llevas
al ORI es básicamente el aumento o disminución del pasivo o activo por
beneficios a empleados, pero estos beneficios tienen varios factores que hacen
que el importe cambie, factores muy volátiles que cambian año tras año como
inflación, longevidad, salario mínimo, etc. Esto hace que sea una estimación,
por lo que las IFRS interpretan que no sería adecuado afectar el resultado por
un gasto que están 100% seguro que no va el de la valuación del año. ¿Por qué?
Estos beneficios son realizados (también dependiendo del beneficio) al momento
en que el trabajador se retire de la empresa y el único momento en que se tendrá
certeza de eso es cuando suceda.
Por si me extendí mucho en el
ejemplo anterior o les confundí más, pongamos n ejemplo más corto. Otra partida
que va al ORI es el superávit de activo fijo, cuando aplicas como método de
valuación su revaluación según las IAS°16. Dicho esto, supongamos que tienes un
activo que vale 1,000 unidades monetarias (UM) y cuando lo revalúas obtienes un
valor de 1,500 UM, técnicamente ese 500 de diferencia es el que se va al ORI. ¿Por
qué se va al ORI? Al igual que lo comente anteriormente, no es una ganancia
realizada, ya que puede que en el próximo año esas 1,500 UM alcancen las 2,000
UM o incluso que baje y tengas una pérdida por revaluación, por eso justamente
no es una ganancia realizada. ¿Y cuando será realizada? Cuando vendas el altivo.
Cuando lo vendas (y si lo vendes a el precio de valuación) esa ganancia que
tienes acumulada en el ORI deberás llevarla al estado resultado.
Con estos dos ejemplos anteriores, espero me haya explicado bien cuando me refiero a ganancias o pérdidas no realizada. Y antes de que me pregunten, ¿Por qué no pasa lo mismo con la fluctuación cambiara no realizada? La respuesta es muy sencilla: I) La ganancia/pérdida cambiara realizada o no realizada no es un concepto que existe para las normas internacionales (si tienes dudas de que hablo lee el artículo donde lo explico El resultado cambiario realizado no existe en IFRS y, II) El término para este concepto de ingreso o gasto no realizado es de eso personal, es un término que les he dado para que entiendan cuando aplica y cuando no, en vez de tener que memorizarse todos los registros que deberían ir a ORI.
Por otro lado, quiero dejar muy
claro que no debemos confundir el ORI con el resultado integral del periodo. El
ORI es parte del resultado integral del periodo (se incluye después del resultado
del ejercicio), pero no es lo mismo. Incluso, si tu estado de resultado no
incluye partidas en el ORI, puedes llamarlo simplemente estado de resultado.
De las partidas más comunes que se incluyen dentro del otro resultado integral, se incluyen las siguientes:📑
(a) Cambios en el superávit de
revaluación (véase la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo y la NIC°38 Activos
Intangibles).
(b) Nuevas mediciones de los
planes de beneficios definidos (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados).
(c) Ganancias y pérdidas
producidas por la conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero
(véase la NIC 21 Efectos de la Variación en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera).
(d) las ganancias y pérdidas
procedentes de inversiones en instrumentos de patrimonio designados a valor
razonable con cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo
5.7.5 de la NIIF°9 Instrumentos Financieros;
(da) las ganancias y pérdidas
sobre activos financieros medidos al valor razonable con cambios en otro resultado
integral de acuerdo con el párrafo 4.1.2A de la NIIF 9.
(e) la parte efectiva de las
ganancias y pérdidas de los instrumentos de cobertura en una cobertura de flujos
de efectivo y las ganancias y pérdidas de los instrumentos de cobertura que
cubren inversiones en instrumentos de patrimonio medidos a valor razonable con
cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo 5.7.5 de NIIF 9
(véase el Capítulo 6 de la NIIF 9);
(f) para pasivos particulares
designados como a valor razonable con cambios en resultados, el importe del
cambio en el valor razonable que sea atribuible a cambios en el riesgo de
crédito del pasivo (véase el párrafo 5.7.7 de la NIIF 9);
(g) los cambios en el valor
temporal de las opciones al separar el valor intrínseco y el valor temporal de
un contrato de opción y la designación como el instrumento de cobertura solo de
los cambios en el valor intrínseco (véase el Capítulo 6 de la NIIF 9);
(h) los cambios en el valor de
los elementos a término de contratos a término al separar el elemento a término
y el elemento al contado de un contrato a término y la designación como el
instrumento de cobertura solo de los cambios en el elemento al contado, y los
cambios en el valor del diferencial de la tasa de cambio de la moneda
extranjera de un instrumento financiero al excluirlo de la designación de ese
instrumento financiero como el instrumento de cobertura (véase el Capítulo 6 de
la NIIF 9);
(i) gastos e ingresos
financieros por seguros de contratos emitidos dentro del alcance de la NIIF 17 Contratos
de Seguro excluidos del resultado del periodo cuando los gastos o ingresos
financieros por seguros se desglosan para incluir en el resultado del periodo
un importe determinado por una asignación sistemática aplicando el párrafo
88(b) de la NIIF 17, o por un importe que elimina las asimetrías contables con
los gastos o ingresos financieros por seguros, aplicando el párrafo 89(b) de la
NIIF 17.
(j) los gastos o ingresos
financieros por seguros por contratos de reaseguro mantenidos excluidos del resultado
del periodo cuando los gastos o ingresos financieros por reaseguros totales se
desglosan para incluir en el resultado de periodo un importe determinado por
una asignación sistemática aplicando el párrafo 88(b) de la NIIF 17.