viernes, 6 de agosto de 2021

Sobre el Impuesto diferido💥💥💥


Primero vamos con las definiciones técnicas y según la norma internacional número 12, que es la norma que prescribe el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. Esta norma trata tanto el impuesto corriente (ISR O ISLR), como el impuesto diferido.

Ahora bien, ¿Qué es el impuesto diferido?💬Primero, es importante hace énfasis en que exista tanto activo como pasivo diferido. Por otro lado, también esta el impuesto diferido reconocido en el estado de resultados que es básicamente el resultado de de los cargos o abonos a los impuestos diferidos activos o pasivos.

Los pasivos por impuestos diferidos: Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en periodos futuros, relacionadas con las diferencias temporarias imponibles.

Activos por impuestos diferidos: Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en periodos futuros, relacionadas con:

 a.      Las diferencias temporarias deducibles.

b.      La compensación de pérdidas obtenidas en periodos anteriores, que todavía no hayan sido objeto de deducción fiscal.

c.       La compensación de créditos no utilizados procedentes de periodos anteriores.

Las diferencias temporarias son: Las que existen entre el importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal. Las diferencias temporarias pueden ser:

a.      Diferencias temporarias imponibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades imponibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a periodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.

b.      Diferencias temporarias deducibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades que son deducibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a periodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.

La base fiscal de un activo o pasivo es el importe atribuido, para fines fiscales, a dicho activo o pasivo.

Ya teniendo presente las definiciones y ejemplos según la NIC°12. Voy a comentarte sobre mi definición sobre el impuesto diferido (activo o pasivo); el cual es básicamente el importe que tienes por cobrar o pagar a tu organismo Servicio de Administración Tributaria del país donde tribute tu Compañía. Para mi, en muy pocas palabras es eso. ¿Por qué?. En ocasiones tu asumes gastos contablemente que, aunque sean gastos contablemente, no puedes deducir impuestos sobre estos hasta que se cumplan ciertas condiciones. ¿Esto que sería para tu empresa? Un activo por impuesto diferido, ¿Por qué? Porque tu que incurriste en ese gasto, sabes que en el futuro vas a cumplir con las condiciones para que este gasto si sea deducido del impuesto a pagar en un futuro. Seguro es muy escueta mi forma de definirlo, pero a primera instancia si no sabes nada sobre el impuesto diferido me parece que es una forma de parafrasearlo para cualquier lector que tenga poco o cero conocimiento del tema.

Ahora, sigamos con lo técnico, y es que anteriormente hable de base fiscal y se que para muchos es un tema diferenciar la base fiscal de la contable en ciertas partidas. Por eso, les traigo algunos ejemplos y definiciones (separándolos por activos y pasivos):

Base fiscal de un activo: Es el importe que será deducible de los beneficios económicos que, para efectos fiscales, obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios económicos no tributan, la base fiscal del activo será igual a su importe en libros.

Ejemplos (expresado en unidades monetarias):

 1.        El costo de una máquina es de 100. De los mismos, ya ha sido deducida una depreciación acumulada de 30, en el periodo corriente y en los anteriores, y el resto del costo será deducible en futuros periodos, ya sea como depreciación o como un importe deducible en caso de disposición del activo en cuestión. Los ingresos de actividades ordinarias generados por el uso de la máquina tributan, las eventuales ganancias obtenidas por su disposición son también objeto de tributación y las eventuales pérdidas por la disposición son fiscalmente deducibles. La base fiscal de la máquina es, por tanto, de 70.

 2.      Los intereses por cobrar tienen un importe en libros de 100. Fiscalmente, estos ingresos por intereses serán objeto de tributación cuando se cobren. La base fiscal de los intereses por cobrar es cero.

 3.      Los deudores comerciales de una entidad tienen un importe en libros de 100. Los ingresos de actividades ordinarias correspondientes a los mismos han sido ya incluidos para la determinación de la ganancia (pérdida) fiscal. La base fiscal de los deudores comerciales es de 100.

 4.      Los dividendos a cobrar de una subsidiaria tienen un importe en libros de 100. Tales dividendos no tributan. En esencia, la totalidad del importe en libros del activo es deducible de los beneficios económicos. En consecuencia, la base fiscal de los dividendos por cobrar es de 100.(a)

Bajo esta forma de análisis, no existen diferencias temporarias imponibles. Otra forma alternativa de realizar el análisis es la de suponer que los dividendos acumulados (o devengados) a cobrar tienen una base fiscal de cero, y que se aplica una tasa fiscal del cero por ciento a la diferencia temporaria imponible por valor de 100. En cualquiera de las dos formas de análisis no existe ningún pasivo por impuestos diferidos.

 5.      Un préstamo concedido por la entidad tiene un importe en libros de 100. El reembolso del préstamo no tiene ninguna consecuencia fiscal. La base fiscal del préstamo concedido es de 100.

La base fiscal de un pasivo: es igual a su importe en libros menos cualquier importe que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en periodos futuros. En el caso de ingresos de actividades ordinarias que se reciben de forma anticipada, la base fiscal del pasivo correspondiente es su importe en libros, menos cualquier eventual importe de ingresos de actividades ordinarias que no resulte imponible en periodos futuros.

 1.        Entre los pasivos a corrientes se encuentran deudas provenientes de gastos acumulados (o devengados), con un importe en libros de 100. El gasto correspondiente será deducible fiscalmente cuando se pague. La base fiscal de las deudas por esos gastos acumulados (devengados) es cero.

 2.      Entre los pasivos corrientes se encuentran ingresos por intereses cobrados por anticipado, con un importe en libros de 100. El correspondiente ingreso de actividades ordinarias tributa precisamente cuando se cobra. La base fiscal de los intereses cobrados por anticipado es cero.

 3.      Entre los pasivos a corrientes se encuentran deudas provenientes de gastos acumulados (o devengados), con un importe en libros de 100. El gasto correspondiente ya ha sido objeto de deducción fiscal. La base fiscal de las deudas por gastos acumulados (o devengados) es de 100.

 4.      Entre los pasivos financieros corrientes se encuentran sanciones y multas con un importe en libros de 100. Ni las sanciones ni las multas son deducibles fiscalmente. La base fiscal de las sanciones y multas es de100.(a)

    Bajo esta forma de análisis, no existen diferencias temporarias deducibles. Otra forma alternativa de     realizar el análisis consiste en suponer que las sanciones y multas a pagar tienen una base fiscal de        cero, y que se aplica una tasa fiscal del cero por ciento a la diferencia temporaria deducible de 100        que resulta. En cualquiera de las dos formas de análisis, no existe ningún activo por impuestos            diferidos.

 5.      Un préstamo recibido tiene un importe en libros de 100. El reembolso del préstamo no tiene ninguna consecuencia fiscal. La base fiscal del préstamo concedido es de 100.

Para las personas que no estén familiarizadas con los términos fiscales podría ser complicado entender a plenitud con solo la teoría la mecánica de la determinación del impuesto diferido. Por esto les traigo algunos ejemplo de como se determinaría un impuesto diferido pasivo o activo.

Ejemplo de impuesto diferido activo👀:

Una entidad registra gastos de honorarios profesionales en el ejercicio que termina al 2020. El asiento contable de este registro sería el siguiente:

 Honorarios por pagar                      100

Gastos de honorarios                                  100

 Asimismo, por esta transacción se activa un impuesto diferido activo por 30 pesos (considerando como ejemplo que esa es la tasa aplicable). Asimismo, el registro para ese mismo cierre de 2020 sería el siguiente:

 Activo por impuesto diferido           30

Impuesto a las ganancias                            30

¿Por qué reconocemos un activo o ingreso por esta operación? Como comente anteriormente, es impuesto no es más que una cuenta por cobrar o pagar con la administración triburaria. Asimismo, en muyos países los honorarios facturados más no pagados no son deducibles de impuestos hasta que se paguen los mismos. Por lo que tendremos que registrar un impuesto diferido activo (lo que llamo yo una cuenta por cobrar a la administración tributaria) hasta el momento en que se cumplan las condiciones para deducirlo.

O bien, si te quieres ir a los términos técnicos. ¿Por qué reconocemos un activo por impuesto diferido? Pues, tal como lo indica la norma la base fiscal por estos gastos es cero, ya que no serán deducibles hasta que se paguen (ver ejemplo N°2 de la explicación de la bases fiscales de activos).

 Ejemplo de impuesto diferido pasivo👀:

 Ahora bien, al cierre del ejercicio del 2021, cuando ya hayamos pagado dichos honorarios y tengamos el soporte del mismo para deducirlo, el asiento contable será el siguiente:

 Impuesto a las ganancias                            30

Activo por impuesto diferido                                  30

Básicamente reversamos el activo (cuenta por cobrar como yo le llamo) qe registramos en el ejercicio anterior.

Ahora vamos con el ejemplo de un pasivo por impuesto diferido: Supongamos que al cierre del 2020 registraste unos intereses por cobrar por 10 unidades monetarias. ¿Cuál sería el asiento contable para reconocer este impuesto diferido?

 Impuesto a las ganancias                            3

Pasivo por impuesto diferido                                  3

 Asimismo, al momento en que hayamos cobrado dichos intereses se reversara dicho efecto tal como lo hicimos en el ejemplo del activo diferido.

 Diferencias temporales y permanentes:💭

 Ya teniendo un breve contexto sobre el impuesto diferido y su reconocimiento, vale la pena hacer énfasis en las diferencias temporales y permanentes.

Primero hay que tener en cuenta lo siguiente: Las diferencias temporales y permanentes se originan por las diferencias que se dan entre la Normativa Contable y la Normativa Tributaria, ello genera que el Resultado Contable no sea el mismo que el Resultado Tributario. Sabemos que la Normativa Contable esta dado por: las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o los principios contables aplicados a tu empresa Y por otro lado, la Ley de ISR o ISLR sabemos que tiene su propio reglamento. Ahora si, una vez teniendo el contexto que las genera, vale la pena definirlas.

Diferencia permanente📌: En pocas palabras, son los ingresos o gastos que no deberán grabarse o deducirse bajo ninguna circunstancia, en el periodo actual o futuro. Estas partidas no juegan en el activo diferido, es decir, no activan un impuesto diferido. ¿Por qué? Porque nunca podrás aprovechar sus beneficios (ni en el periodo actual ni en futuros)  y nunca deberás pagar impuestos sobre estos, por lo que no representa ni un beneficio ni un compromiso a futuro.

Ejemplos: Depende del país y leyes fiscales variaran los ejemplos, pero dentro de las partidas permanentes más comunes están (i) los gastos sin facturas, (ii) ajustes de años anteriores e (iii) ingresos por dividendos.

Diferencia temporal📌: Son las partidas que como mencione anteriormente, requieren de ciertos atributos para poder grabarse o deducirse. Estas partidas son las que si juegan dentro del impuesto diferido. ¿Por qué? Porque en el futuro cuando cumplas con los atributos tendrás el derecho de deducir impuesto por estas partidas o en caso contrario, tendrás la obligación de pagar impuesto. Estas partidas si representan un beneficio o compromiso para la Entidad.

 Ejemplos: Dentro de las más comunes tenemos los honorarios por pagar o provisiones.

 Espero me haya explicado de manera correcto, sino, házmelo saber con un comentario.

 Y como siempre: GRACIAS POR APRENDER.💥💥💥

 


 

 

 


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