viernes, 21 de mayo de 2021

Unidad Generadora de efectivo (UGE).


La Norma Interior Contabilidad N°36 exige que periódicamente se hagan evaluaciones sobre si existen indicios de deterioro o no. No obstante, para poder realizar adecuadamente este análisis, tenemos que tener muy claro cuales son los activos identificables que podrían ser deteriorado.
 Uno de estos activos son las UGE (Unidad Generadora de Efectivo) los cuales trataré en este artículo con el fin de que puedan identificar los factores claves para poder identificarlos.

Es importante mencionar que toda la literatura de este artículo proviene de la Norma Internacional de Contabilidad N°36 “Deterioro del Valor de los Activos”. La norma requiere identificar la UGE para poder valuar si este activo podría tener indicios de deterioro o incluso tener deterioro.

Primero que nada, la norma define las UGE como el grupo identificable de activos más pequeño, que genera entradas de efectivo a favor de la entidad que son, en buena medida, independientes de los flujos de efectivo derivados de otros activos o grupos de activos.

La norma hace énfasis en que es el activo identificable más pequeño debido a que si identificamos un activo muy grande o que pueda contener otras UGES, no realizaremos la evaluación correctamente, por ejemplo:

Seleccionar una planta completa de producción como UGE, podría no ser lo más adecuado, y esto debido a que dentro de esa plata podrían haber maquinas especificas que reúnen todos los requisitos para ser clasificado como UGE. Por otro lado, podría solo una maquina deteriorarse significativamente y no el conjunto de maquinas que compone la planta.

¿Por qué es importante identificar una UGE? 

Regularmente nos vamos a las NIC°36 para estudiar cuales son los indicios de deterioro y que hacer en caso de detectar un deterioro de activos. Incluso estudiamos su registro y valuación, pero muchas veces nos saltamos el análisis o identificación de la UGE, que según mi experiencia, es el primer paso que debemos tener claro antes de iniciar con lo que dicta la norma en cuanto a deterioro de activos.

En cuanto a los principales factores que debes de considerar para concluir correctamente con la identificación de una UGE son los siguientes:

1.        Genera entradas de efectivo que son en buena medida independientes de las entradas producidas por otros activos o grupos de activos: Las entradas de efectivo son entradas de efectivo y equivalentes al efectivo, recibidos de partes externas a la entidad. Para identificar si las entradas de efectivo procedentes de un activo (o grupo de activos) son en buena medida independientes de las entradas de efectivo procedentes de otros activos (o grupos de activos), la entidad considerará diferentes factores, incluyendo cómo la gerencia controla las operaciones de la entidad (por ejemplo, por líneas de producto, negocios, localizaciones individuales, distritos o áreas regionales), o cómo la gerencia adopta las decisiones de continuar o disponer de los activos y operaciones de la entidad.

Un punto importante que considero relevante mencionar es que La identificación de la unidad generadora de efectivo de un activo implica la realización de juicios profesionales. Si no se puede determinar el importe recuperable de un activo individual, la entidad habrá de identificar el conjunto más pequeño de activos que, incluyendo al mismo, genere entradas de efectivo que sean en buena medida independientes.

Para explicar mejor este punto, les dejo dos ejemplos cortos y sencillos:

Ejemplo a:

Una entidad minera posee un ferrocarril privado para apoyo de las operaciones en una mina. El ferrocarril privado sólo puede ser vendido por su valor como chatarra, y no genera entradas de efectivo que sean en buena medida independientes de las entradas que corresponden a los otros activos de la mina.

No es posible estimar el importe recuperable del ferrocarril privado, porque su valor en uso no puede determinarse, y probablemente es diferente de su valor como chatarra. Por tanto, la entidad tendrá que estimar el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece el ferrocarril, es decir, la mina en su conjunto.

Ejemplo b:

Una entidad de autobuses presta servicios a un municipio bajo contrato, que le exige unos ciertos servicios mínimos para cada una de las cinco rutas separadas que cubre. Los activos destinados a cada una de las rutas, y los flujos de efectivo que se derivan de cada una de ellas, pueden ser identificados por separado. Una de las rutas opera con pérdidas significativas.

Puesto que la entidad no tiene la opción de suspender ninguna de las rutas cubiertas por los autobuses, el menor nivel de entradas de efectivo identificables, que son en buena medida, independientes de las entradas de efectivo procedentes de otros activos o grupos de activos, son las entradas de efectivo generadas por las cinco rutas en conjunto. La unidad generadora de efectivo de cada ruta es la entidad en su conjunto.

2.      Si existe un mercado activo para los productos elaborados por un activo o un grupo de activos, uno u otros se identificarán como una unidad generadora de efectivo, incluso si alguno o todos los productos elaborados se utilizasen internamente.

Aunque una parte o la totalidad de la producción elaborada por un activo o un grupo de activos, sea utilizada por otras unidades de la misma entidad (por ejemplo, productos de una fase intermedia dentro del proceso productivo), este activo o grupo de ellos formarán una unidad generadora de efectivo siempre y cuando la entidad como se menciono anteriormente, pueda vender esta producción en un mercado activo. Esto es así porque ese activo, o grupo de activos, pueden generar entradas de efectivo que serían en buena medida independientes de las entradas de efectivo de los otros activos o grupos de activos.

3.      Tiene que ser un activo: Aunque suene redundante y parezca obvio, en la práctica me he conseguido personas que han nombrado UGE a partidas como líneas de crédito (pasivos) con el argumento de que es una partida individual que permite la entrada de efectivo.

Puntos importantes a considerar:

a.       Las unidades generadoras de efectivo se identificarán de forma uniforme de un periodo a otro, y estarán formadas por el mismo activo o tipos de activos, salvo que se justifique un cambio.

b.      Si una entidad determinase que un activo pertenece, en este periodo, a una unidad generadora de efectivo diferente de la que perteneció en periodos anteriores, o que los tipos de activos que forman la unidad generadora de efectivo del activo han cambiado, la norma exige revelar ciertas informaciones sobre esta unidad generadora de efectivo.

Solo en caso de que no sea factible identificar una UGE en los activos más pequeños, podrás considerar activos más grandes para identificarlos como una UGE.

 

martes, 18 de mayo de 2021

Acuerdos conjuntos IFRS°11. ¡Lo mínimo que necesitas saber!.

Introducción:

Es muy común confundir los términos acuerdo conjunto y un negocio conjunto. Así como también no identificar cuando estamos ante una de estas dos operaciones. Por lo que traigo un breve análisis de la IFRS°11 “Acuerdos Conjuntos”, para que no solo puedan identificar la diferencia de ambos, sino que adicionalmente podamos detectar cuando estamos ante un acuerdo conjunto.   

Desarrollo:

La IFRS°11, Acuerdos conjuntos, establece los principios para la presentación de información financiera por entidades que tengan una participación en acuerdos que son controlados conjuntamente (es decir acuerdos conjuntos).

La norma menciona dos características que posee un acuerdo conjunto, las cuales son (i) Las partes están obligadas por un acuerdo contractual y (ii) el acuerdo contractual otorga a dos o más de esas partes control conjunto sobre el acuerdo.

Es muy importante mencionar y tener en cuenta que un acuerdo conjunto puede ser tanto una operación o un negocio conjunto. Lo importante y en lo que haremos énfasis en este documento es identificar y diferenciarlos.

En esta oportunidad cambiare el formato de mis análisis. Esta vez plantee el análisis con base a interrogantes y colocando las referencias de la IFRS°11.

¿Qué es un control conjunto?

Control conjunto es el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control. (IFRS 11, párrafo N°7).

¿Cuáles son los tipos de acuerdo conjunto?

Una entidad determinará el tipo de acuerdo conjunto en el que está involucrada. La clasificación de un acuerdo conjunto como una operación conjunta o un negocio conjunto dependerá de los derechos y obligaciones de las partes con respecto al acuerdo. (IFRS 11, párrafo N°14).

1.        Una operación conjunta: es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos y obligaciones con respecto a los pasivos, relacionados con el acuerdo. Esas partes se denominan operadores conjuntos. (IFRS 11, párrafo N°15).

2.      Un negocio conjunto: es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos netos del acuerdo. Esas partes se denominan participantes en un negocio conjunto. (IFRS 11, párrafo N°16).

Para determinar si un acuerdo conjunto es una operación conjunta o un negocio conjunto la norma establece gráficamente el siguiente esquema (IFRS 11, párrafo N°B21):



 ¿Qué es un Vehículo separado? (IFRS 11, Apéndice A).

Una estructura financiera identificable de forma separada que incluye entidades legalmente separadas o entidades reconocidas por estatuto, independientemente de si esas entidades tienen personalidad legal.

La forma legal del vehículo separado.

La forma legal del vehículo separado es relevante al evaluar el tipo de acuerdo conjunto. La forma legal ayuda en la evaluación inicial de los derechos de las partes a los activos y de las obligaciones con respecto a los pasivos mantenidos en el vehículo separado, tales como si las partes tienen participaciones en los activos mantenidos en el vehículo separado y si son responsables de los pasivos mantenidos en el vehículo separado. (IFRS 11, párrafo B22).

Por ejemplo, las partes pueden llevar a cabo un acuerdo conjunto a través de un vehículo separado, cuya forma legal tenga como consecuencia que se considere éste en sí mismo (es decir los activos y pasivos mantenidos en el vehículo separado son activos y pasivos del vehículo separado y no de las partes). En tal caso la evaluación de los derechos y obligaciones concedidos a las partes por la forma legal del vehículo separado indica que el acuerdo es un negocio conjunto. Sin embargo, las cláusulas acordadas por las partes en su acuerdo contractual y, cuando corresponda, otros factores y circunstancias pueden invalidar la evaluación de los derechos y obligaciones concedidos a las partes por la forma legal del vehículo separado. (IFRS 11, párrafo B23).

La evaluación de los derechos y obligaciones concedidos a las partes por la forma legal del vehículo separado es suficiente para concluir que el acuerdo es una operación conjunta solo si las partes llevan a cabo el acuerdo conjunto en un vehículo separado cuya forma legal no confiera separación entre las partes y el vehículo separado (es decir, los activos y pasivos mantenidos en el vehículo separado son de las partes).  (IFRS 11, párrafo B24).

La norma establece una evaluación de cuando las condiciones del acuerdo contractual dan lugar a una operación conjunta conjunto (IFRS 11, párrafo B27).

ü  El acuerdo contractual proporciona a las partes del acuerdo conjunto derecho a los activos y obligaciones con respecto a los pasivos relacionados con el acuerdo.

ü  El acuerdo contractual establece que las partes del acuerdo conjunto comparten todos los intereses (por ejemplo, derechos, titularidad o propiedad) sobre los activos relacionados con el acuerdo en una proporción especificada (por ejemplo, en proporción a la participación en la propiedad de las partes en el acuerdo o en proporción a la actividad realizada a través del acuerdo que se les atribuye directamente).

ü  El acuerdo contractual establece que las partes del acuerdo conjunto comparten todos los pasivos, obligaciones, costos y gastos en una proporción especificada (por ejemplo, en proporción a la participación en la propiedad de las partes en el acuerdo o en proporción a la actividad realizada a través del acuerdo que se les atribuye directamente).

ü  El acuerdo contractual establece que las partes del acuerdo conjunto son responsables de las demandas planteadas por terceros.

ü  El acuerdo contractual establece la distribución de los ingresos de actividades ordinarias y gastos sobre la base del rendimiento relativo de cada parte en el acuerdo conjunto. Por ejemplo, el acuerdo contractual puede establecer que los ingresos de actividades ordinarias y gastos se distribuyen sobre la base de la capacidad que cada parte utiliza de la planta operada conjuntamente, que podría diferir de su participación en la propiedad del acuerdo conjunto. En otras ocasiones, las partes pueden tener acordado compartir el resultado del periodo relacionado con el acuerdo sobre la base de una proporción especificada, tal como la participación en la propiedad de las partes en el acuerdo. Esto no impediría al acuerdo ser una operación conjunta si las partes tienen derechos a los activos, y obligaciones con respecto a los pasivos, relacionados con el acuerdo. 

Sobre el reconocimiento:

Reconocimiento de las operaciones conjuntas (IFRS 11, párrafo N°20).

Un operador conjunto reconocerá en relación con su participación en una operación conjunta:

a)      Sus activos, incluyendo su participación en los activos mantenidos conjuntamente.

b)      Sus pasivos, incluyendo su participación en los pasivos incurridos conjuntamente.

c)      Sus ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de su participación en el producto que surge de la operación conjunta.

d)      Su participación en los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta del producto que realiza la operación conjunta.

e)      Sus gastos, incluyendo su participación en los gastos incurridos conjuntamente.

Un operador conjunto contabilizará los activos, pasivos, ingresos de actividades ordinarias y gastos relativos a su participación en una operación conjunta de acuerdo con las NIIF aplicables en particular a los activos, pasivos, ingresos de actividades ordinarias y gastos.

Reconocimiento de los negocios conjuntos (IFRS 11, párrafo N°21).

Un participante en un negocio conjunto reconocerá su participación en un negocio conjunto como una inversión y contabilizará esa inversión utilizando el método de la participación de acuerdo con la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos a menos que la entidad esté exenta de aplicar el método de la participación tal como se especifica en esa norma.

 

lunes, 17 de mayo de 2021

¿Estado de resultado por naturaleza o función?

 Introducción

Más de una oportunidad he notado que los contadores o auditores no se cuestionan sobre la clasificación de los gastos de una Entidad. Y esto, trae como consecuencia el riesgo de que nuestro estado de resultados no este proporcionando información que sea fiable y más relevante según el párrafo N°99 de la NIC°1.

Dicho lo anterior, les traigo los puntos que tienen que considerar para saber si están presentando sus gastos de la forma más adecuada o si deben considerar cambiar dicha presentación.

Antes de entrar en tema, primero quiero hacer la aclaratoria de lo siguiente. ¿Por qué me refiero a clasificación de gastos y no de estado de resultados? Porque en los parámetros de la NIC°1 lo que esta susceptible a elección sobre su presentación son lo gastos, los ingresos no. Los ingresos siempre serán presentados como el primer reglón, espáticamente lo ingresos por actividades ordinarias, de igual forma, más adelante lo podrán visualizar en ejemplos que traje para ustedes.

Por otro lado, es importante mencionar que la norma que estaremos tratando en este análisis es la Norma Internacional de Contabilidad Número 1 “Presentación de estados financieros”, a menos, que se indique lo contrario.

Desarrollo:

Lo primero y más importante es enunciar los dos tipos de clasificaciones que se pueden hacer con los gastos en el estado de resultado según la NIC°1 en su párrafo N°99 donde dice textualmente: “Una entidad presentará un desglose de los gastos reconocidos en el resultado, utilizando una clasificación basada en la naturaleza o en la función de ellos dentro de la entidad, lo que proporcione una información que sea fiable y más relevante”.

Es Importante mencionar que indistintamente del tipo de clasificación de gastos que se escoja, cuando una partida de ingreso o gastos son materiales (tienen importancia relativa), se deberá revelar de forma separada información sobre su naturaleza e importe.

Ahora bien, existen dos tipos de clasificación o desglose de gastos como lo menciona la norma. Y estos son:

La primera forma de desglose es el método de la “naturaleza de los gastos”. Una entidad agrupará gastos dentro del resultado de acuerdo con su naturaleza (por ejemplo, depreciación, compras de materiales, costos de transporte, beneficios a los empleados y costos de publicidad) y no los redistribuirá atendiendo a las diferentes funciones que se desarrollan en la entidad. Este método resulta fácil de aplicar, porque no es necesario distribuir los gastos en clasificaciones funcionales. Un ejemplo de clasificación que utiliza el método de la naturaleza de los gastos es el siguiente:

Ingresos de actividades ordinarias                                                                                                       X 
Otros ingresos                                                                                                                                         X
 Variación en los inventarios de productos terminados y en proceso                      X  
Consumos de materias primas y consumibles                                                             X  
Gastos por beneficios a los empleados                                                                         X  
Gastos por depreciación y amortización                                                                       X  
Otros gastos                                                                                                                       X 
Total de gastos                                                                                                                 (X)
Ganancia antes de impuestos                                                                                         X

La segunda forma de desglose es el método de la “función de los gastos” o del “costo de las ventas”, y clasifica los gastos de acuerdo con su función como parte del costo de las ventas o, por ejemplo, de los costos de actividades de distribución o administración. Como mínimo una entidad revelará, según este método, su costo de ventas de forma separada de otros gastos. Este método puede proporcionar a los usuarios una información más relevante que la clasificación de gastos por naturaleza, pero la distribución de los costos por función puede requerir asignaciones arbitrarias, e implicar la realización de juicios de importancia. Un ejemplo de clasificación utilizando el método de gastos por función es el siguiente:

Ingresos de actividades ordinarias                                                   X  
Costo de ventas                                                                                 (X)  
Ganancia bruta                                                                                   X  
Otros ingresos                                                                                    X  
Costos de distribución                                                                      (X)  
Gastos de administración                                                                (X)  
Otros gastos                                                                                       (X)  
Ganancia antes de impuestos                                                                       X 

Una entidad que clasifique los gastos por función revelará información adicional sobre la naturaleza de ellos, donde incluirá los gastos por depreciación y amortización y el gasto por beneficios a los empleados.

La elección entre el método de la naturaleza de los gastos o de la función de los gastos dependerá de factores históricos, así como del sector industrial y de la naturaleza de la entidad. Ambos métodos suministran una indicación de los costos que puedan variar directa o indirectamente, con el nivel de ventas o de producción de la entidad. Puesto que cada método de presentación tiene ventajas para tipos distintos de entidades, siempre recordando que el objetivo es seleccionar la presentación que sea fiable y más relevante.

La norma no ofrece una guía o parámetros para poder seleccionar el tipo de clasificación de gastos de nuestra empresa debido a que cada caso es un caso. Y tendrás que analizar detalladamente cual sería el método más adecuado. No obstante, entre las grandes firmas de auditoría del mundo, concuerdan que para las Compañías industriales (comerciales) presentar los gastos con base a su función podría ser lo más adecuado, debido a que permite conocer su margen de utilidad bruta. Mientras que para las compañías de servicios el método más adecuado sería el de naturaleza debido a que puede que una Compañía dentro de este sector no sea de tanta relevancia obtener el margen de utilidad bruta, pero si los reglones de gastos como beneficios a los empleados, consumibles, etc.

Por mi parte, mi recomendación es analizar detalladamente ambas estructuras, identificar y documentar cual de estas dos presentara una información más confiable (que no omita información relevante para la toma de decisiones, por ejemplo) y relevante (que no emita información innecesaria) para tu entidad y con base a esto tomes dicha decisión.

Con el fin de revelar información idónea, no deberás reducir la comprensibilidad de los estados financieros, omitiendo información con importancia relativa, agregando información sin importancia relativa. Asimismo, la Entidad se deberás asegurarte de no incluir revelaciones individuales que no tienen importancia relativa para los estados financieros, incluso si son un requerimiento mínimo de la norma. La Entidad considerará el nivel de revelación adecuado con base en la importancia relativa para el período sobre el que se informa.

Ante de terminar el post. También quiero hacer énfasis en que existen otras circunstancias que darían lugar a revelaciones separadas de partidas de ingresos y gastos están las siguientes (indistintamente de la opción de clasificación que elijas):

a.       La rebaja de los inventarios hasta su valor neto realizable, o de los elementos de propiedades, planta y equipo hasta su importe recuperable, así como la reversión de tales rebajas.

b.      La reestructuración de las actividades de una entidad y la reversión de cualquier provisión para hacer frente a los costos de ella.

c.       La disposición de partidas de propiedades, planta y equipo.

d.      Las disposiciones de inversiones.

e.      Las operaciones discontinuadas.

f.        Cancelaciones de pagos por litigios.

g.       Otras reversiones de provisiones.

Como siempre, escríbanme un mensaje privado por si tienen alguna duda o les interesa que toque otro tema.

Saludos.

jueves, 13 de mayo de 2021

¿Sabes realmente como debe clasificarse?

 


¿Sabes realmente como debe clasificarse?

Como seguramente todos saben, el estado de situación financiera con base a la IAS°1 tiene que distinguir sus activos/pasivos entre corrientes y no corrientes (anteriormente circulantes y no circulantes). Dicho esto, he notado que muchos contadores dan por hecho que el efectivo restringido siempre debe ser clasificado a largo plazo. Pero les pregunto ¿creen que siempre esta clasificación es la correcta?

Aquí les comparto la explicación (muy resumida) que le di a mi último cliente, que me preguntaba si era correcta la clasificación a largo plazo.

Desarrollo:

Primero, vale la pena mencionar que la Norma Internacional de Contabilidad que estaremos tratando será la N°1 Presentación de Estados financieros. La cual establece las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general, para asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades. Esta Norma también establece requerimientos generales para la presentación de los estados financieros, guías para determinar su estructura y requisitos mínimos sobre su contenido.

En cuanto a la distinción entre las partidas corrientes y no corrientes esta norma dicta lo siguiente:

Una entidad presentará sus activos corrientes y no corrientes, así como sus pasivos corrientes y no corrientes, como categorías separadas en su estado de situación financiera, de acuerdo con los párrafos 66 a 76, excepto cuando una presentación basada en el grado de liquidez proporcione una información fiable que sea más relevante. Cuando se aplique esa excepción, una entidad presentará todos los activos y pasivos ordenados atendiendo a su liquidez.

Independientemente del método de presentación adoptado, una entidad revelará el importe esperado a recuperar o a cancelar después de los doce meses para cada partida de activo o pasivo que combine importe a recuperar o a cancelar:

a)       Dentro de los doce meses siguientes después del periodo sobre el que se informa, y

b)      Después de doce meses tras esa fecha.

¿Qué menciona la norma en referencia a los Activos corrientes?

Una entidad clasificará un activo como corriente cuando:

a)   Espera realizar el activo, o tiene la intención de venderlo o consumirlo en su ciclo normal de operación;

b)   Mantiene el activo principalmente con fines de negociación;

c)   Espera realizar el activo dentro de los doce meses siguientes al periodo sobre el que se informa; o

d)      El activo es efectivo o equivalente al efectivo (como se define en la NIC 7), a menos que éste se encuentre restringido y no pueda ser intercambiado ni utilizado para cancelar un pasivo por un ejercicio mínimo de doce meses después del ejercicio sobre el que se informa. Una entidad clasificará todos los demás activos como no corrientes.

En esta Norma, el término “no corriente” incluye activos tangibles, intangibles y financieros que por su naturaleza son a largo plazo. No está prohibido el uso de descripciones alternativas siempre que su significado sea claro.  

El ciclo normal de la operación de una entidad es el periodo comprendido entre la adquisición de los activos que entran en el proceso productivo, y su realización en efectivo o equivalentes al efectivo. Cuando el ciclo normal de la operación no sea claramente identificable, se supondrá que su duración es de doce meses. Los activos corrientes incluyen activos (tales como inventarios y deudores comerciales) que se venden, consumen o realizan, dentro del ciclo normal de la operación, incluso cuando no se espere su realización dentro del periodo de doce meses a partir de la fecha del periodo de presentación. Los activos corrientes también incluyen activos que se mantienen fundamentalmente para negociar (por ejemplo, algunos activos financieros que cumplen la definición de mantenidos para negociar de la NIIF°9) y la parte a corto plazo de los activos financieros no corrientes.

  • En cuanto a la clasificación del efectivo restringido:

La norma no especifica sobre una diferente clasificación del efectivo restringido. Aun así, la Norma Internacional de Contabilidad Número 7. Hace énfasis en que, en el caso de que una Entidad tenga dentro del efectivo y equivalentes de efectivo un efectivo que no esté disponible para ser utilizado por ella misma deberá únicamente ser revelado cierta situación, a continuación, se detalla dicho párrafo:

(Párrafo N°48 de la Norma Internacional de Contabilidad Número 7: Estados de Flujo de Efectivo: La empresa debe revelar en sus estados financieros, acompañado de un comentario por parte de la gerencia, cualquier importe significativo de sus saldos de efectivo y equivalentes al efectivo que no esté disponible para ser utilizado por ella misma o por el grupo al que pertenece.

Desarrollo:

Ya que tenemos el contexto de la norma podemos poner un ejemplo de efectivo restringido, para saber como clasificarlo y responder a la pregunta que los trajo a este blog.

¿Cómo debe clasificarse el efectivo restringido?: La respuesta Depende.

Ejemplo:

Si el efectivo restringido que posee la entidad es para cubrir la posible falta de pago de una deuda. Pero la única condición que te pide el banco es que el importe calculado que se debe tener dentro de esa cuenta de efectivo restringido esté disponible al finalizar cada trimestre, sin importar si un mes lo gastes total o parcialmente, pero con la condición de que a finales de ese trimestre (que es cuando hipotéticamente tienes que hacer el pago del préstamo) tengas el importe establecido de efectivo restringido no habrá problema. En este caso podrá clasificarlo como corto plazo, ya que seguramente la Entidad lo utilizará y lo repondrá antes de finalizar el trimestre para cumplir con la entidad Bancaria.

Asimismo, aunque la entidad bancaria sea permisiva con la utilización de los fondos que se tienen restringidos. Si la Entidad tiene como política no mover o utilizar esos fondos hasta la caducidad del préstamo (y el préstamo esta clasificado a largo plazo) deberá clasificarse a largo plazo. Esto debido a que, no se espera que sea consumido en un periodo menor a 12 meses.

Nota: Regularmente los bancos te retienen una parte del efectivo para que cuando faltes o no realices un pago en el tiempo estipulado ellos agarren el efectivo restringido para que cumplas con tu acuerdo contractual.

Ahora bien, si en este mismo préstamo la entidad bancaria te congela los fondos o te exige que no debes mover este importe por como mínimo hasta que pague la totalidad del préstamo (y considerando y el préstamo es a largo plazo), en este caso si debes clasificarlo a largo plazo.

Conclusión:

No se debe clasificar el efectivo restringido sin antes haberlo analizado con base a la norma. Por lo que te sugiero que cada vez te encuentres ante un escenario con dudas te preguntes lo siguiente:

a)       ¿Se espera realizar el activo, o tiene la intención de venderlo o consumirlo en su ciclo normal de operación?

b)      ¿Mantiene el activo principalmente con fines de negociación?

c)       ¿Espera realizar el activo dentro de los doce meses siguientes al periodo sobre el que se informa?


miércoles, 12 de mayo de 2021

Caso practico - IFRS°8



Hace un par de días hice una publicación explicando brevemente IFRS°8 “Segmentos de operación”. Derivado de esto, he recibido varios mensajes pidiéndome que explique de forma más practica la aplicación de esta norma.

Dicho esto, les traigo un ejercicio muy sencillo para que puedan captar de forma menos teórica las implicaciones de la norma. Como siempre, pueden escribirme por mensaje directo a mi cuenta de LinkedIn por si tienen dudas.

El caso práctico consiste en dos partes, ambas con dos preguntas concretas. Lo que sí es importante tener en cuenta (en caso de que usted quiera realizarlo por su cuenta) es que no se puede obtener o no se puede llegar a la respuesta de la parte número 2 sin antes haber respondido la parte número 1. Aquí vamos:

Contexto:

El giro de Compañía Ejemplo (En lo sucesivo CE) es la fabricación, marketing y distribución de productos de consumo. CE vende productos (excepto por los Snack de frutas) a través de supermercados, farmacias y tiendas departamentales en Australia, Nueva Zelanda, Indonesia Europa y Estados Unidos. Los Snacks de Fruta se venden a través del mismo canal exclusivamente en China. Todos los productos de CE son elaborados en Australia excepto por los snacks de frutas, los que son elaborados en China. Existen tres instalaciones de fabricación en Australia para cada división. La instalación en Australia para Shaman Energy Drink y Fizzi Juice tiene la capacidad para producir Snack de fruta; sin embargo, estos últimos se elaboran en China para disminuir los costos de distribución. CE tiene una fuerza de venta especializada con personas asignadas por área geográfica. Cada vendedor es responsable de representar y vender productos de CE, excepto por los vendedores en China que solamente venden los Snack de fruta.

CE esta organizado por tres divisiones que incluyen los siguientes productos:

        I.            Belleza – Shampoo y acondicionador.

      II.            Familia – Toallas de papel y pañales desechables.

    III.            Bebidas y Snacks – Shaman Energy Drink, Fizzy Juice y Snacks de Fruta. Cada uno de estos productos no contiene azúcar o conservadores con el fin de apelar a los consumidores consientes de salud.

A pesar de que la competencia de CE en los mercados de shampoo, acondicionador, tallas de papel, pañales desechables y bebidas y snacks se ha mantenido bastante constante durante los últimos años y se espera que se mantengan constante en el futuro cercano, CE espera enfrentar una mayor competencia en el mercado de las bebidas debido a la introducción de nuevas bebidas energizantes de parte de los competidores de CE.

Los Gerentes responsables por cada línea de producto (Gerente de Producto) les informan a sus respecticos Gerentes de Divisiones quienes son los responsables de las operaciones diarias de la división. Los Gerentes de división dependen del Director General (CEO). El CEO toma las decisiones relacionadas con la dirección estratégica y la asignación de recursos de CE sobre la base de interacción frecuente con los Gerentes de División y los Gerentes de Producto, consultas con otros ejecutivos corporativos, y la revisión de los Paquetes Operacionales Mensuales (MOP).

EL MOP incluye información financiera para cada división (resumen por división) y cada producto (resumen por producto) de forma mensual y desde el comienzo del año hasta la fecha (YTD). Es la información financiera interna (basada en IFRS, excepto por los snacks de fruta, cuya información no está basada en IFRS) utilizada por el CEO para evaluar el rendimiento de CE y para tomar decisiones con respecto a la asignación de recursos – véase Anexo I para el último MOP entregado al CEO con información (por división y producto) real de los últimos 3 años y proyectado de 1.

El MOP también se presenta ante la junta de directores y usado por el CEO para facilitar la discusión en relación con los resultados de las operaciones en las dichas reuniones trimestrales.

A pesar de que el CEO consulta con los miembros de la gerencia y algunos directores, él posee el nivel más alto para tomar decisiones acerca de la asignación general de recursos de CE hacía las distintas áreas de negocio.

EL CEO ha declarado públicamente que él toma las decisiones estratégicas principalmente basado en el margen bruto. Algunas secciones del informe Anual de CE y algunos extractos de prensa analizan los cambios en ingresos y el margen bruto para cada uno de los productos importantes de CE. La selección de comentarios de la Gerencia del informe Anual discute las fluctuaciones por división y entrega las explicaciones para los cambios de ingresos y los márgenes brutos sobre la base de los productos que proceden los cambios dentro de las divisiones.

EL CEO les ha indicado a los auditores que él se enfoca en los resultados consolidados de CE y el resumen por división y no utiliza la información del resumen por producto para tomar decisiones acerca de la asignación de recursos y/o evaluar el rendimiento.

Anexos:








Preguntas de la parte número 1:

1.      ¿Quién es el encargado principal para la toma de decisiones en CE?

2.     Identifique los segmentos de operativos para CE por el año terminado al 31 de diciembre de 20x3. ¿Cómo llegó a esta conclusión?

Preguntas de la parte número 2:

1.      Identifique que información acerca de los ingresos por segmento, utilidades y pérdidas deben ser reportadas según los requerimientos de la IFRS°8.

2.      ¿Qué reconciliaciones (si las hubiera) son requeridas?

Respuestas:

 Preguntas de la parte número 1:

 Pregunta número 1:

¿Quién es el encargado principal para la toma de decisiones en CE?

Respuesta:  El Director General (CEO).

Justificación: El gerente de producto le reporta al gerente de división y ellos solo se encargan de las operaciones cotidianas y regulares. Pero los gerentes de división dependen del CEO y es el quien toma las decisiones relevantes e importantes de cada negocio con base a los paquetes operacionales mensuales (MOP).

Pregunta número 2:

Respuesta: Los segmentos operativos son: Belleza, familia, bebidas y Snacks.

Justificación:

1.      Cumplen con las cualidades de IFRS 8 en cuanto a lo que es un segmento de operación, ellas desarrollan actividades de negocio de las que puede obtener ingresos de las actividades ordinarias e incurrir en gastos.

2.       Los resultados de operación son revisados de forma regular por la máxima autoridad en la toma de decisiones. En este caso el CEO como lo indica los antecedentes.

3.       Se dispone de información financiera diferenciada.

4.       Un segmento de operaciones comúnmente tiene un responsable del segmento que rinde cuentas a la máxima autoridad y en este caso también se cumple con este criterio.

Nota: Adicional a esto, evaluaría revelar por separado la información de los Snacks de fruta. Ya que no cumple con exactitud los criterios de agregación que comenta la IFRS 8. Como, por ejemplo:

a.        La naturaleza de los productos; aunque ambos son productos similares (Snacks normales y de frutas) uno contiene frutas. Habría que evaluar que tan diferente son considerando esto.

b.      La naturaleza de los procesos de producción - Estos productos son los únicos producidos en China por lo cual seguramente la naturaleza no es la misma.

c.       El tipo de categoría de clientes a los que se destina - Los Snacks de frutas solo se venden en China por ende seguramente habrá clientes distintos.

d.      El marco normativo de los Snacks de fruta no está bajo IFRS.

Y digo considerar ya que también hay que evaluar que el CEO no toma sus decisiones con base a información por producto. Por lo que los Snacks de frutas no cumpliría con el atributo que ya comenté en la justificación N°2 de esta pregunta.

 Preguntas de la parte número 2:

 Respuesta a la pregunta N°1:

Respuesta: Los tipos de productos y servicios de los que cada segmento de operación obtiene sus ingresos, los ingresos procedentes de clientes externos y los precedentes de transacciones con otros segmentos, los ingresos/gastos por intereses, depreciación y amortización, la participación de la entidad en el resultado de asociadas y de negocios conjuntos contabilizadas según la Nic°28, el gasto/ingreso por el impuesto sobre las ganancias las partidas significativas no monetarias distintas de la depreciación y amortización asimismo tendrá que detallarse las mediciones de los activos y pasivos al valor razonable, las diferencias que se generen por el reporte mensual de los segmentos versus los estados financieros o reportes financieros de la entidad. Como por ejemplo la diferencia de normatividad que debe existir entre las que aplican IFRS y el segmento de Snacks de frutas que se rige bajo otro marco.

Respuesta a la pregunta N°2:

Respuesta: A mi punto de vista la pregunta esta un muy "general". Pero si vamos a términos donde se requieren "reconciliaciones" en esta entidad bajo la información que se nos da puedo sugerir reconciliar las cifras del producto Snacks de fruta ya que estos están registrados con base a otra normativa diferente a IFRS y como pude observar los paquetes de reporte por división son obtenidos de la suma del reporte por producto. Por lo que seguramente no existirá concordancia (igualdad de presentación, medición o reconocimiento) en las cifras, por ejemplo, el criterio de reconocimiento del ingreso de IFRS (al momento en que se transfiere el riesgo) puede ser distinto en China.

lunes, 3 de mayo de 2021

Consultas sobre las IAS°10

Preparación de estados financieros cuando una entidad ya no es una empresa en funcionamiento (NIC 10 Eventos posteriores al período sobre el que se informa):

El Comité recibió una solicitud sobre la contabilidad aplicada por una entidad que ya no es una empresa en funcionamiento (como se describe en el párrafo 25 de la NIC 1 Presentación de estados financieros).



Las preguntas realizadas al comité y las revisadas en esta junta fueron las siguientes:

Consulta: ¿Una entidad puede preparar estados financieros para períodos anteriores sobre la base de una empresa en funcionamiento si era una empresa en funcionamiento en esos períodos y no ha preparado previamente estados financieros para esos períodos?

 La respuesta/revisión por parte del comité fue la siguiente:

El párrafo 25 de la NIC 1 requiere que una entidad prepare estados financieros sobre una base de negocio en marcha "a menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad o dejar de negociar, o no tenga otra alternativa realista que hacerlo". El párrafo 14 de la NIC 10 establece que 'una entidad no preparará sus estados financieros sobre una base de negocio en marcha si la administración determina después del período sobre el que se informa que tiene la intención de liquidar la entidad o dejar de negociar, o que no tiene otra alternativa realista que no sea hazlo '.

 Aplicando el párrafo 25 de la NIC 1 y el párrafo 14 de la NIC 10, una entidad que ya no es una empresa en funcionamiento no puede preparar estados financieros (incluidos los de periodos anteriores que aún no han sido autorizados para su emisión) sobre la base de una empresa en funcionamiento.

Por lo tanto, el Comité concluyó que los principios y requisitos de las Normas NIIF proporcionan una base adecuada para que una entidad que ya no es una empresa en funcionamiento determine si prepara sus estados financieros sobre la base de una empresa en funcionamiento.

🏡¿Realmente es necesario la existencia de la NIC 40 Propiedades de inversión?🏠👀

Primero que nada, un poco de contexto sobre la NIC 40, el objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las propiedades de...