Contexto:
Las
normas utilizadas para este an谩lisis fueron:
La Norma
Internacional de Contabilidad N煤mero 28 “Inversiones en Asociadas y Negocios
Conjuntos” (en lo sucesivo NIC°28): El cual su objetivo es prescribir la contabilidad
de las inversiones en asociadas y establecer los requerimientos para la
aplicaci贸n del m茅todo de la participaci贸n al contabilizar las inversiones en asociadas
y negocios conjuntos.
La Norma
Internacional de Contabilidad N煤mero 8 “Pol铆ticas contables, cambios en las
estimaciones contables y errores” (en lo sucesivo NIC°8): Que tiene como objetivo prescribir
los criterios para seleccionar y modificar las pol铆ticas contables, as铆 como el
tratamiento contable y la informaci贸n a revelar acerca de los cambios en las
pol铆ticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la
correcci贸n de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de
los estados financieros de una entidad, as铆 como la comparabilidad con los
estados financieros emitidos por 茅sta en ejercicios anteriores, y con los
elaborados por otras entidades.
Todos los
p谩rrafos incluidos como base para nuestro an谩lisis fueron extra铆dos sin
modificaci贸n alguna estas normas, a menos que se mencione lo contrario.
Desarrollo:
Con el
fin de obtener un mayor entendimiento del siguiente an谩lisis, consideramos necesario
detallar las siguientes definiciones:
-
Acuerdo
conjunto: es un
acuerdo mediante el cual dos o m谩s partes mantienen control conjunto.
-
Asociada: es una entidad sobre la
que el inversor tiene una influencia significativa.
-
Control
conjunto: es el
reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo
cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el
consentimiento un谩nime de las partes que comparten el control.
-
Influencia
significativa: es el
poder de intervenir en las decisiones de pol铆tica financiera y de operaci贸n de
la participada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto de 茅sta.
-
M茅todo de
la participaci贸n: es un
m茅todo de contabilizaci贸n seg煤n el cual la inversi贸n se registra inicialmente
al costo, y es ajustada posteriormente por los cambios posteriores a la
adquisici贸n en la parte del inversor de los activos netos de la participada. El
resultado del periodo del inversor incluye su participaci贸n en el resultado del
periodo de la participada y el otro resultado integral del inversor incluye su
participaci贸n en el otro resultado integral de la participada.
-
Negocio
conjunto: es un
acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del
acuerdo tienen derecho a los activos netos del acuerdo
1.
¿En qu茅
casos aplica el m茅todo de participaci贸n?
Una
entidad con control conjunto o influencia significativa sobre una participada
se contabilizar谩 como su inversi贸n en una asociada o negocio conjunto
utilizando el m茅todo de la participaci贸n, excepto cuando esa inversi贸n cumpla
los requisitos de exenci贸n de acuerdo con los p谩rrafos 17 a 19. (P谩rrafo N°16
de la IAS°28)
Seg煤n el
p谩rrafo N°17 de la NIC°28, una entidad no necesitar谩 aplicar el m茅todo de la
participaci贸n a su inversi贸n en una asociada o negocio conjunto si la entidad
es una controladora que est茅 exenta de la elaboraci贸n de estados financieros consolidados,
o si se aplican todos los elementos siguientes:
a.
La
entidad es una subsidiaria totalmente participada, o parcialmente participada
por otra entidad, y sus otros propietarios, incluyendo los que no tienen
derecho a voto, han sido informados de que la entidad no aplicar谩 el m茅todo de
la participaci贸n y no han manifestado objeciones a ello.
b.
Los
instrumentos de deuda o de patrimonio de la entidad no se negocian en un
mercado p煤blico (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un
mercado no organizado, incluyendo los mercados locales o regionales).
c.
La
entidad no registr贸, ni est谩 en proceso de registrar, sus estados financieros
en una comisi贸n de valores u otra organizaci贸n reguladora, con el fin de emitir
alg煤n tipo de instrumentos en un mercado p煤blico.
d.
La
controladora 煤ltima, o alguna de las controladoras intermedias de la entidad,
elabora estados financieros consolidados que est谩n disponibles para el uso
p煤blico y cumplen con las NIIF.
2. ¿C贸mo debe ser el registro inicial?
La
inversi贸n en una asociada o negocio conjunto se registrar谩 al costo, y el
importe en libros se incrementar谩 o disminuir谩 para reconocer la parte del
inversor en el resultado del periodo de la participada, despu茅s de la fecha de adquisici贸n.
La parte del inversor en el resultado del periodo de la participada se
reconocer谩 en el resultado del periodo del inversor. Las distribuciones
recibidas de la participada reducir谩n el importe en libros de la inversi贸n.
Podr铆a ser necesaria la realizaci贸n de ajustes al importe por cambios en la
participaci贸n proporcional del inversor en la participada que surjan por
cambios en el otro resultado integral de la participada. Estos cambios incluyen
los que surjan de la revaluaci贸n de las propiedades, planta y equipo, y de las
diferencias de conversi贸n de la moneda extranjera. La parte que corresponda al
inversor en esos cambios se reconocer谩 en el otro resultado integral de 茅ste.
(P谩rrafo 10 de las NIC°28).
El
reconocimiento de ingresos por las distribuciones recibidas (decreto/pago de
dividendos) podr铆a no ser una medida adecuada de la ganancia obtenida por un
inversor por la inversi贸n en la asociada o negocio conjunto, ya que las distribuciones
recibidas pueden tener poca relaci贸n con el rendimiento de 茅stos. Puesto que el
inversor ejerce control conjunto o influencia significativa sobre la
participada, tiene una participaci贸n en los rendimientos de la asociada o
negocio conjunto y, por tanto, en el producto financiero de la inversi贸n. El inversor
contabilizar谩 esta participaci贸n extendiendo el alcance de sus estados
financieros, para incluir su parte del resultado del periodo de la participada.
En consecuencia, la aplicaci贸n del m茅todo de la participaci贸n suministra datos
de mayor valor informativo acerca de los activos netos y del resultado del periodo
del inversor. (P谩rrafo 11 de las NIC°28).
3.
¿Como
debe clasificarse?
A menos
que una inversi贸n, o una parte de una inversi贸n, en una asociada o negocio
conjunto se clasifique como mantenida para la venta de acuerdo con la NIIF 5
Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas, la
inversi贸n, o cualquier participaci贸n retenida en la inversi贸n no clasificada como
mantenida para la venta, se clasificar谩 como un activo no corriente (P谩rrafo N°15
de la NIC°28).
4.
¿Como se
registran los cambios en la participaci贸n?
Si una
participaci贸n en la propiedad de una asociada o negocio conjunto se reduce,
pero la entidad contin煤a aplicando el m茅todo de la participaci贸n, la entidad reclasificar谩
al resultado del periodo la proporci贸n de la ganancia o p茅rdida que hab铆a
anteriormente sido reconocida en otro resultado integral relativo a esa reducci贸n
en la participaci贸n en la propiedad, en el caso de que esa ganancia o p茅rdida
requiriera reclasificarse al resultado del periodo en el momento de la
disposici贸n de los activos o pasivos relacionados (P谩rrafo N°25 de la NIC°28).
5.
Sobre la
discontinuidad del uso del m茅todo de participaci贸n.
Seg煤n el
p谩rrafo N°22 de la NIC°28; una entidad interrumpir谩 el uso del m茅todo de la
participaci贸n a partir de la fecha en que su inversi贸n deje de ser una asociada
o negocio conjunto de la forma siguiente:
a.
Si la
inversi贸n pasa a ser una subsidiaria, la entidad contabilizar谩 su inversi贸n de
acuerdo con la NIIF 3 Combinaciones de Negocios y la NIIF 10.
b.
Si la
participaci贸n retenida en la anterior asociada o negocio conjunto es un activo financiero,
la entidad medir谩 la participaci贸n retenida al valor razonable. El valor razonable
de la participaci贸n retenida se considerar谩 como su valor razonable en el momento
del reconocimiento inicial como un activo financiero de acuerdo con la NIIF 9.
La entidad reconocer谩 en el resultado del periodo las diferencias entre:
I. El valor
razonable de cualquier inversi贸n retenida y el producto de la disposici贸n de
parte de la participaci贸n en la asociada o negocio conjunto; y
II. El
importe en libros de la inversi贸n en la fecha en que se interrumpi贸 el m茅todo
de la participaci贸n.
III. Cuando
una entidad interrumpe el uso del m茅todo de la participaci贸n, 茅sta
contabilizar谩 todos los importes reconocidos anteriormente en otro resultado
integral en relaci贸n a esa inversi贸n sobre la misma base que se habr铆a
requerido si la participada hubiera dispuesto directamente de los activos o
pasivos relacionados.
Por ello,
cuando se interrumpa el m茅todo de la participaci贸n, si una ganancia o p茅rdida
anteriormente reconocida en otro resultado integral por una participada se
hubiera reclasificado al resultado del periodo en el momento de la disposici贸n
de los activos o pasivos relacionados, la entidad reclasificar谩 la ganancia o p茅rdida
del patrimonio al resultado del periodo (como un ajuste por reclasificaci贸n).
Por ejemplo, si una asociada o negocio conjunto tiene diferencias de cambio
acumuladas relativas a negocios en el extranjero y la entidad interrumpe el uso
del m茅todo de la participaci贸n, la entidad reclasificar谩 como resultado del periodo
la ganancia o p茅rdida anteriormente reconocida en otro resultado integral en
relaci贸n con el negocio en el extranjero.
Si una
inversi贸n en una asociada pasa a ser una inversi贸n en un negocio conjunto, o
una inversi贸n en un negocio conjunto pasa a ser una inversi贸n en una asociada,
la entidad continuar谩 aplicando el m茅todo de la participaci贸n y no medir谩
nuevamente la participaci贸n retenida. (P谩rrafo N°24 de la NIC°28)
6.
Otros imputs
importantes:
6.1
Cuando exista m谩s de una Entidad (dentro de un grupo) con participaci贸n en la
asociada (ver
p谩rrafo 27 de las IAS°28):
La
participaci贸n de un grupo en una asociada o negocio conjunto ser谩 la suma de
las participaciones mantenidas en esa asociada o negocio conjunto por la
controladora y sus subsidiarias. Se ignorar谩n, para este prop贸sito, las
participaciones procedentes de otras asociadas o negocios conjuntos del grupo.
Cuando una asociada o negocio conjunto tenga subsidiarias, asociadas o negocios
conjuntos, el resultado del periodo, otro resultado integral y los activos
netos tenidos en cuenta para aplicar el m茅todo de la participaci贸n ser谩n los
reconocidos en los estados financieros de la asociada o negocio conjunto (donde
se incluir谩 la parte de la asociada o negocio conjunto en el resultado del
periodo, otro resultado integral y los activos netos de sus asociadas y
negocios conjuntos), despu茅s de efectuar los ajustes necesarios para conseguir
que las pol铆ticas contables utilizadas sean uniformes.
6.2 Sobre las ganancias y
p茅rdidas procedentes de transacciones “ascendentes” y “descendentes”:
Las
ganancias y p茅rdidas procedentes de las transacciones “ascendentes” y
“descendentes” entre una entidad (con sus subsidiarias consolidadas) y su
asociada o negocio conjunto se reconocer谩n en los estados financieros de la
entidad s贸lo en la medida en que correspondan a las participaciones de otros
inversores en la asociada o negocio conjunto no relacionados con el inversor.
Son transacciones “ascendentes”, por ejemplo, las ventas de activos de la
asociada o negocio conjunto al inversor. Son transacciones “descendentes”, por
ejemplo, las ventas o aportaciones de activos del inversor a su asociada o
negocio conjunto. Se eliminar谩 la parte del inversor de las ganancias y
p茅rdidas de la asociada o negocio conjunto procedentes de estas transacciones. (ver
p谩rrafo 28 de las IAS°28)
Cuando
las transacciones descendentes proporcionen evidencia de una reducci贸n en el
valor neto realizable de los activos a ser vendidos o aportados, o de un
deterioro de valor de esos activos, las p茅rdidas se reconocer谩n totalmente por
el inversor. Cuando las transacciones ascendentes proporcionen evidencia de una
reducci贸n en el valor neto realizable de los activos a ser comprados o de un
deterioro de valor de esos activos, el inversor reconocer谩 su participaci贸n en
esas p茅rdidas. (ver p谩rrafo 28 de las IAS°29)
6.3 Aportaciones de activos no
monetarios en el m茅todo de participaci贸n:
La
aportaci贸n de un activo no monetario a una asociada o negocio conjunto a cambio
de una participaci贸n en el patrimonio de la asociada o negocio conjunto se
contabilizar谩 de acuerdo con el p谩rrafo 28, excepto cuando la aportaci贸n
carezca de sustancia comercial, tal como se describe esa condici贸n en la NIC 16
Propiedades, Planta y Equipo. Si esta aportaci贸n carece de sustancia comercial,
la ganancia o p茅rdida se considerar谩 como no realizada y no se reconocer谩 a
menos que se aplique tambi茅n el p谩rrafo 31. Estas ganancias o p茅rdidas no
realizadas se eliminar谩n contra la inversi贸n contabilizada utilizando el m茅todo
de la participaci贸n, y no se presentar谩n como ganancias o p茅rdidas diferidas en
el estado de situaci贸n financiera consolidado de la entidad o en el estado de situaci贸n
financiera de la entidad en el que se encuentra contabilizada la inversi贸n
utilizando el m茅todo de la participaci贸n. (ver p谩rrafo 28 de las IAS°30)
Si,
adem谩s de recibir una participaci贸n en el patrimonio de una asociada o negocio
conjunto, una entidad recibe activos monetarios o no monetarios, la entidad
reconocer谩 totalmente en el resultado del periodo la parte de la ganancia o
p茅rdida en la aportaci贸n no monetaria relativa a los activos monetarios o no monetarios
recibidos. (ver p谩rrafo 28 de las IAS°31)
6.4 Sobre los estados
financieros de la asociada (de la inversi贸n):
Al
aplicar el m茅todo de la participaci贸n, se utilizar谩n los estados financieros
disponibles m谩s recientes de la asociada o negocio conjunto. Cuando el final
del periodo sobre el que se informa de la entidad y de la asociada o negocio
conjunto sean diferentes, la asociada o negocio conjunto elaborar谩, para uso de
la entidad, estados financieros referidos a la misma fecha que los de 茅sta, a
menos que resulte impracticable hacerlo. (ver p谩rrafo 33 de las IAS°31)
Cuando,
de acuerdo con lo establecido en el p谩rrafo anterior, los estados financieros
de una asociada o negocio conjunto utilizados para aplicar el m茅todo de la
participaci贸n se refieran a una fecha diferente a la utilizada por la entidad,
se practicar谩n los ajustes pertinentes para reflejar los efectos de las
transacciones o eventos significativos que hayan ocurrido entre las dos fechas
citadas. En ning煤n caso, la diferencia entre el final del periodo sobre el
que se informa de la asociada o negocio conjunto y el de la entidad ser谩 mayor
de tres meses. La duraci贸n de los periodos sobre los que se informa, as铆
como cualquier diferencia entre la fecha de cierre de 茅stos, ser谩 igual de un
periodo a otro. (ver p谩rrafo 28 de las IAS°34)
Los
estados financieros de la entidad se elaborar谩n aplicando pol铆ticas contables
uniformes para transacciones y otros eventos que, siendo similares, se hayan
producido en circunstancias parecidas. (ver p谩rrafo 28 de las IAS°35)
Si una
asociada o negocio conjunto aplica pol铆ticas contables diferentes de las
adoptadas por la entidad, para transacciones y otros eventos similares que se
hayan producido en circunstancias similares, se realizar谩n ajustes en los
estados financieros de la asociada o negocio conjunto que la entidad utilice
para aplicar el m茅todo de la participaci贸n, a fin de conseguir que las
pol铆ticas contables de la asociada o negocio conjunto se correspondan con las
empleadas por la entidad. (ver p谩rrafo 28 de las IAS°36)
6.5 Cuando las p茅rdidas de la
asociada alcancen el valor de la inversi贸n de la inversora:
Si la
parte de una entidad en las p茅rdidas de una asociada o negocio conjunto iguala
o excede su participaci贸n en 茅stos, la entidad dejar谩 de reconocer su
participaci贸n en las p茅rdidas adicionales. La participaci贸n en una asociada o
negocio conjunto ser谩 el importe en libros de la inversi贸n en la asociada o negocio
conjunto determinado seg煤n el m茅todo de la participaci贸n, junto con cualquier
participaci贸n a largo plazo que, en esencia, forme parte de la inversi贸n neta
de la entidad en la asociada o negocio conjunto. Por ejemplo, una partida para
la que no est茅 prevista la cancelaci贸n ni vaya a ocurrir en un futuro
previsible, es, en esencia, una extensi贸n de la inversi贸n de la entidad en esa
asociada o negocio conjunto. Entre tales partidas podr铆an estar incluidas las
acciones preferentes y los pr茅stamos o cuentas por cobrar a largo plazo, pero
no lo estar铆an las deudas comerciales por cobrar o pagar, ni las partidas por
cobrar a largo plazo para las que existan garant铆as colaterales adecuadas,
tales como los pr茅stamos garantizados. Las p茅rdidas reconocidas seg煤n el m茅todo
de la participaci贸n por encima de la inversi贸n de la entidad en acciones ordinarias
se aplicar谩n a los otros componentes de la inversi贸n de la entidad en una
asociada o negocio conjunto,
en orden inverso a su grado de prelaci贸n (es decir, a su prioridad en caso de
liquidaci贸n). (ver p谩rrafo 28 de las IAS°38)
Una vez
que la participaci贸n de la entidad se reduzca a cero, se mantendr谩n las
p茅rdidas adicionales y se reconocer谩 un pasivo, s贸lo en la medida en que la
entidad haya incurrido en obligaciones legales o impl铆citas, o haya efectuado
pagos en nombre de la asociada o negocio conjunto. Si la asociada o negocio conjunto
informara con posterioridad ganancias, la entidad reanudar谩 el reconocimiento
de su participaci贸n en 茅stas 煤nicamente despu茅s de que su participaci贸n en las
citadas ganancias iguale la participaci贸n en las p茅rdidas no reconocidas. (ver
p谩rrafo 28 de las IAS°39)
Conclusi贸n:
Con base al an谩lisis podemos concluir que:
- Cuando exista control conjunto o influencia
significativa sobre una participada (o inversi贸n) se contabilizar谩 utilizando
el m茅todo de participaci贸n.
- La inversi贸n/participaci贸n deber谩 registrarse
al costo, actualizando el valor de la inversi贸n con base a los resultados del
periodo (ganancia o p茅rdida) de la asociada. En el caso de los dividendos, se
registrar谩 disminuyendo la inversi贸n.
- La inversi贸n debe clasificarse a largo plazo.
A menos que otra norma indique lo contrario.
- Cuando existan cambios en la participaci贸n
(normalmente reducci贸n de la participaci贸n) se registrar谩 la diferencia entre
la actual y la anterior versus en el otro resultado integral.
- Existen distintas causas por las cuales se
detenga el m茅todo de participaci贸n, por lo que se sugiere leer detenidamente la
interrogante N°5 del presente memo.
- Si existe m谩s de una entidad (entidades
dentro de un grupo) que posee participaci贸n en la inversi贸n, el m茅todo se
calcular谩 bajo la suma de todas las participaciones.
- El estado financiero de la inversora y la
asociada deber谩n coincidir en la fecha de presentaci贸n/reporte. En caso de que
no coincidan, solo se permitir谩 hasta un m谩ximo de tres meses de disparidad de
fechas y se registrar谩n ajustes pertinentes para reflejar los efectos de las
transacciones o eventos significados ocurrido dentro de estos tres meses.
Adicionalmente, ambos estados financieros deber谩n ser elaborados con pol铆ticas
contables uniformes.
- En caso de que las p茅rdidas de la inversi贸n
alcancen el propio valor de la inversi贸n. Esta se dejar谩 en cero. No obstante,
aunque las p茅rdidas excedentes no se contabilizar谩n se cuantificar谩n, debido a
que antes de volver a registrar ganancias derivadas del m茅todo primero tendr谩n
que compensarse dichas p茅rdidas.